¿Qué derechos tienen las marcas y patentes creadas con IA? Expertos abordan los desafíos de la regulación local
Cuatro expertos en Propiedad Intelectual delinean los riesgos que surgen en la arena legal frente a este tipo de innovaciones.
Por: K. PEÑA Y P. VARGAS | Publicado: Viernes 6 de diciembre de 2024 a las 04:00 hrs.
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Antonia Nudman, asociada senior del grupo IP, Tech & Data de Albagli Zaliasnik (AZ). José Ignacio Mercado, director del grupo de Protección de Datos de Carey. Maximiliano Santa Cruz, socio de Santa Cruz IP. Rodrigo León, socio del área de Protección de datos, Tecnología y Medios de Silva Abogados.
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¿Cuándo una creación de la Inteligencia Artificial (IA) pasa a tener protección legal? ¿Influye que sea una creación humana o artificial? Son algunas de las interrogantes que se hacen en el mundo de la publicidad y las marcas, así como en el ámbito de las patentes, frente a la creciente incorporación de la IA generativa en disciplinas relacionadas al diseño y la invención. De hecho, muchas de estas organizaciones ya están trabajando en protocolos de uso de IA y revisando contratos para asegurar la propiedad intelectual de sus creaciones.
En Chile, hoy no hay nada en la legislación que exija que las marcas deban ser creadas por inteligencia humana. “En primer lugar, porque la Ley de Propiedad Industrial fue dictada y ha sido modificada en tiempos donde el uso de IA todavía parecía lejano en contextos cotidianos. Y, en segundo lugar, porque el registro de una marca se enfoca en el resultado (símbolo, diseño y sonido) y no en el proceso creativo”, dice el director del grupo de Protección de Datos de Carey, José Ignacio Mercado.
Las principales dudas son respecto a la posibilidad de reconocer a la IA como inventor y también respecto a quién es el verdadero dueño de un invento generado por IA, si es quien creó el sistema de IA o quien lo usó para generar un resultado.
En el caso de las patentes, la situación es distinta. “Ahí la tendencia es a no aceptar la patentabilidad de inventos creados por IA, y se ha determinado que solo personas naturales pueden ser considerados inventores”, señala el socio de Santa Cruz IP, Maximiliano Santa Cruz, quien menciona el ejemplo de Dabus, un sistema de IA capaz de generar inventos en distintos campos, llevando a su creador, Stephen Thaler, a presentar solicitudes de patentes en muchas jurisdicciones. “Y, salvo en un país, todas esas solicitudes han sido rechazadas”, dice.
Las dudas
Antonia Nudman, asociada senior del grupo IP, Tech & Data de AZ, agrega que en dicho caso (Dabus) pese al consenso jurisprudencial de anteponer como requisito la calidad de persona natural al inventor de una patente, “la utilización de sistemas de IA es una realidad en la mayoría de invenciones patentables, y esto pone sobre la mesa otra discusión: ¿cuál es el grado de intervención humana necesaria para que se le pueda otorgar protección industrial a la invención?”
“Para ello, es clave fomentar la coherencia y equilibrio entre la realidad tecnológica versus preservar la importancia y la contribución del ingenio humano en el proceso de invención”, añade.
Sobre ese punto, Mercado asegura que en el caso de que se utilice algún sistema de IA durante una de las etapas de investigación o desarrollo que culminan con una invención potencialmente patentable, es necesario determinar cómo y para qué se utilizó dicho sistema.
“Primero, como la IA se entrena, los resultados que pueda arrojar el sistema de IA podrían evidenciar que algo forma ya parte del arte previo y por tanto carecería de nivel inventivo. O, más peligroso aun para el inventor, es que cargue información sensible (…) poniendo en riesgo la posibilidad de obtener una patente sobre el resultado de su trabajo o la posibilidad de proteger componentes que no sean susceptibles de patentamiento, a través de la figura del secreto comercial”, detalló el abogado de Carey.
Pasadas estas barreras, una marca creada con IA o una patente desarrollada con esta tecnología, según Santa Cruz, tendrían los mismos derechos que cualquier otra marca o patente. Esto –dice- porque las leyes, basadas en tratados internacionales de los que Chile es parte, no discriminan entre áreas de la técnica: “A todas las marcas otorgan el derecho de impedir que terceros la usen en el comercio cuando exista probabilidad de confusión en el público consumidor, durante 10 años renovables. Lo mismo con una patente, la que otorga derecho exclusivo a su titular de usar, manufacturar, vender, ofrecer para la venta e importar el invento, o autorizar a un tercero a hacerlo, durante 20 años desde la solicitud”.
Legislación al debe
Otro punto clave son las dudas legales que surgen ante estas innovaciones. El socio del área de Protección de datos, Tecnología y Medios de Silva Abogados , Rodrigo León, sostiene que la titularidad de los derechos, pero también la redacción de la patente, hoy se puede hacer mediante IA generativa, lo que lleva a dudas sobre si es legal registrar como patente unas reivindicaciones no escritas por un ser humano. “En principio no debería poder hacerse, pero a futuro debería empezar a regularse ese tema”, argumenta.
Santa Cruz apunta a que las principales dudas son respecto a la posibilidad de reconocer a la IA como inventor y también respecto a quién es el verdadero dueño de un invento generado por IA, si es quien creó el sistema de IA o quien usó el sistema para generar un resultado.
Asimismo, no hay consenso sobre qué tan flexible es la legislación de marcas para este desafío. Si bien Santa Cruz la considera “muy flexible”, León asegura lo contrario. “Estas leyes siempre han pensado en las creaciones como resultado de una actividad humana creativa, pero en rigor, estas producciones de IA no son propiamente humanas, por lo que el desafío es mayor y deberán hacerse cargo las legislaciones sobre el tema”, explica este último experto.
En tanto, Mercado no ve que la legislación de marcas se vea directamente impactada por la IA, sin perjuicio de lo señalado respecto del proceso creativo previo asociado a la construcción de la marca, o cómo se explote o use la misma.
Para León, el uso ético de estas plataformas asoma como uno de los aspectos que deberían normarse frente al desarrollo de la IA. Mercado, en tanto, advierte que el gran problema que representa la IA es que nadie entiende muy bien qué es o los riesgos que conlleva su uso.